Chile es líder mundial en la protección de los “neuroderechos”

16/10/2020

Chile es líder mundial en la protección de los “neuroderechos”

  • Estos son: el derecho a la identidad personal, al libre albedrío, a la intimidad mental; el derecho al acceso equitativo a las tecnologías que les permitirán a las personas aumentar su capacidad cognitiva, y el derecho a la protección contra los sesgos de los algoritmos.


“No es ninguna exageración, Chile va a ser pionero en el mundo. Y yo espero que se convierta en un ejemplo para otros países en cuanto a poner esta discusión sobre la mesa, porque al hablar de datos cerebrales no estamos resguardando derechos de propiedad, sino derechos humanos”.

Así lo señaló el neurobiólogo español Rafael Yuste, ideólogo de la Iniciativa BRAIN (para conocer los secretos del cerebro) y profesor de la Universidad de Columbia, a David Hopenhayn, de La Tercera Domingo. La extensa entrevista se publicó el domingo 3 de octubre. El miércoles siguiente (7 de octubre) se presentó en el Senado el proyecto de ley y reforma constitucional que apunta a la defensa de los neuroderechos.

La reforma constitucional consta de un artículo único que intercala un inciso en el artículo 19 Numeral 1° de la Constitución Política del Estado de Chile: “La integridad física y síquica permite a las personas gozar plenamente de su identidad individual, y de su libertad. Ninguna autoridad o individuo podrá, por medio de cualquier mecanismo tecnológico, aumentar, disminuir o perturbar dicha integridad individual sin el debido consentimiento. Solo la ley podrá establecer los requisitos para limitar este derecho, y los requisitos que debe cumplir el consentimiento en estos casos”. 

 

LOS 5 NEURODERECHOS

A su vez, se ingresó un proyecto de ley que establece la “neuroprotección”; esto es el respeto a los cinco neuroderechos fundamentales:

  1. El derecho a la identidad personal: que “tú tengas derecho a ser tú”, dice Yuste. Insta a imponer límites que prohíban a las tecnologías alterar el sentido del yo. 

  2. El derecho al libre albedrío. Garantiza que las personas tomen decisiones libremente, sin ser manipuladas por las neurotecnologías.

  3. El derecho a la intimidad mental. Busca evitar que cualquier dato obtenido del análisis y medición de la actividad neuronal sea utilizado sin el consentimiento del individuo. Además, exige la regulación estricta de cualquier transacción u otro tipo de uso comercial de estos datos

  4. El derecho al acceso equitativo a las tecnologías que les permitirán a las personas aumentar su capacidad cognitiva. Se deben fijar pautas que regulen el desarrollo y aplicación de neurotecnologías que permitan mejorar la actividad cerebral. 

  5. El derecho a la protección contra los sesgos de los algoritmos. Los conocimientos de la neurociencia no deberían establecer discriminaciones por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 

Para el senador Guido Girardi, quien preside la Comisión Desafíos del Futuro, la iniciativa es un orgullo. El parlamentario comentó que fue en uno de los encuentros Congreso Futuro donde “conocimos a Rafael Yuste y él nos propuso que, así como habíamos logrado que la Ley de Etiquetado fuera asumida en muchos países, también podíamos crear la normativa necesaria para regular que los avances de la ciencia y la tecnología beneficiaran y no perjudicaran a los seres humanos”.

 

 

Compartir esta noticia

icono compartir facebook icono compartir twitter icono compartir whatsapp